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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330607
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2128
LEY DE HACIENDA (LEGISLACION DE COAHUILA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2128
Desde el momento en que por el solo imperativo del artículo 101 de la Constitución Local de Coahuila, reformado por el Decreto 205, se desconocían o destruían los convenios que tienen pactados con el gobernador del Estado los afectados por el decreto, y además se aumentaba el tipo de impuesto estipulado en tales actos jurídicos y el fijado en las leyes en que ellos se fundaron, el mencionado precepto fue susceptible, desde su vigencia, de afectar a las aludidas personas en sus intereses jurídicos y, por tanto, estuvieron en aptitud de promover desde luego un juicio de garantías contra la Ley Constitucional, que tales agravios les irrogó, por lo que transcurrido el término de la ley, el amparo que contra él interponga es improcedente.
Precedentes
Tomo LIX, página 3686. Indice Alfabético. Amparo en revisión 8292/38. Compañía Carbonífera de Sabinas, S.A. y coagraviados. 28 de febrero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y relator: Agustín Gómez Campos.
Tomo LIX, página 2127. Amparo administrativo en revisión 8234/38. Compañía Harinera de Torreón, S. A. y coagraviados. 24 de febrero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: José M. Truchuelo.