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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330645
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2749
NACIONALIZACION, PRESUNCIONES EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2749
El hecho de encontrar en un edificio individuos vestidos con sotana; el de que el lugar esté apartado de la ciudad, circunstancia que sirve al propósito de que se mantenga alejado de la curiosidad pública; la hoja de prácticas religiosas dedicada a un santo; el nombre religioso de la escuela, la falta de demostración por el afectado, de que el inmueble estuviera dedicado a otro destino; el cambio repetido de la escuela de un lugar a otro, seguramente para evitar que fuera descubierto y la falta de prueba contra esas presunciones, demuestran, en forma que no deja lugar a duda que el predio mencionado estaba ocupado por una institución de carácter confesional, en la cual se preparaba e instruía a un determinado grupo de individuos, para la carrera eclesiástica, razón por la que la nacionalización decretada sobre dicho predio, es legal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6572/37. Zimbrón Ignacio. 11 de marzo de 1939. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alonso Aznar Mendoza. La publicación no menciona el nombre del ponente.