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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330646
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2748
NACIONALIZACION, APRECIACION DE LAS PRESUNCIONES EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2748
Si en el amparo pedido contra la resolución que declaró nacionalizado un inmueble, el Juez de Distrito, en lugar de analizar en su conjunto los elementos aportados como prueba presuntiva, para deducir de su enlace lógico la presunción que arrojan, los desarticula y los examina separadamente, para llegar a la conclusión de que no demuestran el destino del predio nacionalizado, contraría las disposiciones de los artículos 214, fracción VI, 325, fracción III, y 351 del Código Federal de Procedimientos Civiles que establecen como medio de prueba las presunciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6572/37. Zimbrón Ignacio. 11 de marzo de 1939. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alonso Aznar Mendoza. La publicación no menciona el nombre del ponente.