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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330657
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2861
MINAS, CADUCIDAD DE CONCESIONES DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2861
No es exacto que la violación del artículo 28 constitucional puede traer como consecuencia la caducidad de una concesión minera, pues si se infringe con la creación de un monopolio, la sanción administrativa consiste en la multa que establece el artículo 19 de la Ley Reglamentaria del Artículo 28 Constitucional, y la sanción penal, en las penas establecidas en el Código Penal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7567/38. Amaya P. Belgio y coagraviados. 15 de marzo de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alonso Aznar Mendoza. Relator: Agustín Gómez Campos.