Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/330664
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330664
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2889
LEYES, INTERPRETACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2889
Es cierto que la interpretación de las leyes, de acuerdo con el artículo 94 constitucional es para aquellos casos en que se plantea una controversia ante la autoridad judicial, pero esto no significa que las autoridades administrativas no puedan emitir su opinión respecto de la ley, en un caso concreto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 130/39. Marvín Roberto S. 15 de marzo de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Garza Cabello.