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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330678
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 3108
TERCEROS, NOTIFICACION A LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 3108
Pedido amparo contra la orden de dar posesión de las tierras del quejoso a unos desconocidos, el traslado de la demanda puede correrse, de conformidad con el último párrafo del artículo 147 de la Ley de Amparo, por conducto de la autoridad responsable, que es la capacitada para saber quiénes son estos terceros, y en el caso no es de exigirse al quejoso que los nombre, si ignora quiénes son ellos.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del del auto que desechó la demanda 553/39. Hernández Bartolo y coagraviados. 22 de marzo de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Garza Cabello.