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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330696
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 3396
PETROLEO, CUOTAS DE INSPECCION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 3396
Como las cuotas de inspección petrolera son un ingreso y su producto debe entrar a la Tesorería de la Federación, es a ésta a quien corresponde, en ejercicio de la facultad economicocoactivo, hacer efectivas las cuotas, si el concesionario no las ha enterado en la forma y tiempo que prescribe el reclamante de la Ley del Petróleo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7141/38. Guerra Benito. 31 de marzo de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.