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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330745
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 505
IMPUESTOS, RECARGOS DE LOS, EN CASO DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 505
Concedido un amparo para que al causante se le reciba el pago del impuesto que adeudaba, la autoridad responsable debe extender el recibo correspondiente sin recargo, en caso de no haber querido recibir el pago la oficina exactora.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 394/38. Mora José de la. 13 de octubre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. La publicación no menciona el nombre del ponente.