Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/330765
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330765
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 739
DEMANDA DE AMPARO, REGLAS PARA LA ADMISION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 739
Cuando por el contexto de la demanda no pueda decidirse, a priori, si los actos reclamados afectan o no, los intereses jurídicos del promovente, tal demanda no puede ser desechada por improcedente.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 1718/38. Gaxiola J. Jaime. 17 de octubre de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.