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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
330806
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 1111

ACUMULACION DE JUICIOS DE AMPARO, ES IMPROCEDENTE LA QUEJA CONTRA LA RESOLUCION QUE LA RESUELVE.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 1111

Precedentes

Tomo LVIII, página 3347. Indice Alfabético. Queja 542/38. Agente del Ministerio Público Federal. 25 de octubre de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LVIII, página 1111. Queja en amparo administrativo 539/38. Secretaría de la Economía Nacional. 25 de octubre de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 330806