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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330814
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 1253
JUNTAS INQUILINARIAS, FACULTADES DE LAS (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 1253
Las Juntas Mixtas Inquilinarias municipales se han constituído con el único fin de conciliar los intereses entre los propietarios, inquilinos y autoridad que intervienen en la fijación de los nuevos valores catastrales, y para determinar el monto de las nuevas rentas, en aquellos casos en que surjan dificultades con motivo de la obligación, que impone la ley; por tanto, la fijación de rentas que hagan de una manera arbitraria, sin oír a una de las partes es ilegal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6313/38. Moreno Domingo. 27 de octubre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Agustín Aguirre Garza.