Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/330859
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330859
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 1762
ALCOHOL, BASE PARA EL PAGO DEL IMPUESTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 1762
El artículo 115 del Reglamento de la Ley de Impuestos Sobre Alcoholes, Aguardientes y Mieles Incristalizables, no es aplicable cuando no se ha justificado la existencia de causa que haya impedido la producción correspondiente a las cuotas señaladas en los permisos, haciendo prudente que por la disminución del producto, se reintegre al fabricante, la cantidad pagada como excedente, en la recaudación del impuesto.
Precedentes
Amparo administrativo directo 4596/38. United Sugar Companies, S.A. 11 de noviembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: José M. Truchuelo.