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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330860
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 1770
INFORMES MULTAS A LAS AUTORIDADES POR NO RENDIRLO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 1770
El artículo 149 de la Ley de Amparo no debe aplicarse rigurosamente con apego a la letra, por lo que no procede imponer multa a la autoridad responsable que no haya rendido su informe con justificación, si tal omisión no fue de mala fe.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5006/38. Ascención Herrera y Compañía S. M. en N. C. 11 de noviembre de 1938. Mayoría de tres votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Disidente: Alonso Aznar Mendoza. Relator: José M. Truchuelo.