Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/330906
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330906
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 2165
PETROLEO, SUSPENSION TRATANDOSE DE CONCESIONES CONFIRMATORIAS PARA LA EXPLOTACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 2165
Si se reclama en amparo la resolución confirmatoria que se expide a una compañía de petróleo, reconociéndola y autorizándola para llevar a cabo la exploración y explotación petrolera del subsuelo en determinado lote, la reserva que se hace el Gobierno Federal de un 10% del producto del subsuelo y las consecuencias legales de esos actos, se trata de un acto ejecutado y si se concediera la suspensión, se darían a la resolución reclamada, efectos restitutorios que sólo son propios de la sentencia que se dicte en cuanto al fondo de amparo; y en cuanto a los efectos, entre ellos el reconocimiento que se hace a la empresa concesionaria, para llevar a cabo la explotación petrolera, no es acto que puede imputarse a las autoridades responsables, sino que será actividad particular de dicha empresa, acto que no es susceptible de suspensión.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 8068/37. Ferral Jesús. 18 de noviembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.