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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330930
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 2441
NACIONALIZACION, PRUEBAS EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 2441
La prueba de presunciones puede tenerse como bastante, en caso de nacionalización, si lo que se pretende es justificar la simulación de la propiedad, por interpósita persona del clero; pero tratándose del destino de los bienes, este debe justificarse, dada la publicidad y objetividad de los hechos, por los medios ordinarios de prueba, pues no existe razón para someterlos a un sistema probatorio de excepción.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3638/38. Sucesión de Moncada Francisco Federico. 25 de noviembre de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M: Truchuelo.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LIII, página 3183, tesis de rubro "NACIONALIZACION, PRUEBA PRESUNTIVA.".