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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330933
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 2453
PRUEBAS, ALCANCE DEL AMPARO POR FALTA DE APRECIACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 2453
Si un amparo sólo ha de producir el efecto, claramente especificado en ejecutoria respectiva, de obligar a la autoridad responsable a dictar un nuevo fallo, en el que se ocupe de analizar una prueba que había sido olvidada, pero sin compelerla para sustentar determinado criterio respecto a su valoración, la responsable da cumplimiento a la ejecutoria, con el sólo hecho de pronunciar nueva sentencia, en la que haga amplia referencia a la prueba en cuestión, aunque la conclusión a que llegue sea adversa al quejoso.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 60/38. Fernández Orejas Félix. 25 de noviembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.