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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330938
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 2500
FACULTAD ECONOMICOCOACTIVA, VICIOS DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 2500
No puede decirse que es improcedente un amparo por haberse consentido el acto, consistente en el procedimiento económicocoactivo seguido contra una persona, si lo que se reclama son los vicios de dicho procedimiento.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 6653/38. Najar Alvizo José. 26 de noviembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.