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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330955
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 2780
IMPUESTO, MODIFICACION DE LAS CUOTAS POR.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 2780
Los causantes no están capacitados para formular oposiciones ante las autoridades administrativas; contra un acto legislativo, y menos si el señalamiento de la cuota que se haga en un plan de arbitrios, no tiene el carácter de especial para determinada persona, sino el del impuesto mismo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6893/38. Moctezuma de De la Peña Luisa. 30 de noviembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Jesús Garza Cabello.