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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330960
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 2802
ZONAS FEDERALES, AMPARO EN CASO DE DESLINDE DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 2802
Concedido el amparo y ejecutoriada la sentencia respectiva, contra la invasión y ocupación de un terreno para verificar el deslinde y determinación de la zona federal de un río, por el concepto fundamental de tratarse de un verdadero conflicto de derechos entre la federación y el propietario del predio, el cual debe ser resuelto por los tribunales competentes, y siendo la declaración presidencial de que las aguas del mismo río, son propiedad de la nación, de fecha anterior a la de la concesión del amparo, mientras los tribunales competentes no decidan el expresado conflicto de derechos a que se refiere la ejecutoria de amparo, constituye un acto de desobedecimiento a la misma, cualquier acto de autoridad, que implique la invasión y ocupación del mencionado predio, para verificar el deslinde y determinación de la zona federal de que se ha hecho mención.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 356/37. Secretaría de Agricultura y Fomento. 30 de noviembre de 1938. Mayoría de tres votos. Disidentes: Jesús Garza Cabello y Alonso Aznar Mendoza. Relator: Agustín Aguirre Garza.