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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330985
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 3828
TIERRAS OCIOSAS, PRUEBA EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 3828
El acta levantada y en la que aparece que se ha transgredido la Ley de Tierras Ociosas, no puede conferir derecho alguno a quien pretende tener la posesión de esas tierras.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5198/38. Velasco Daniel y coagraviados. 5 de Octubre de 1938. Mayoría de tres votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Disidente: Jesús Garza Cabello. Relator: Jesús Garza Cabello.