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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 330989
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 3838
ACTO RECLAMADO, EXISTENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 3838
La prueba de la existencia del acto reclamado, no implica su inconstitucionalidad, y ni la desestimación de las causas de improcedencia alegadas por alguna de las partes, ni el hecho de que se dé a entender cuales son los conceptos de violación expresados en la demanda y su motivo, hacen obligatorio conceder el amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1734/38. Badillo viuda de Lira María de Jesús. 22 de octubre de 1938. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José M. Truchuelo. Relator: Alonso Aznar Mendoza.