Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/331025
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331025
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 139
JUNTA CALIFICADORA, RESOLUCIONES DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 139
Una resolución de la Junta Calificadora, no es definitiva para los efectos del juicio de garantías, si fue recurrida de acuerdo con la ley, ante la Junta Revisora del Impuesto, la que, al dejar de funcionar, envió el expediente al Tribunal Fiscal de la Federación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2640/38. Grayeb José Tanos. 6 de julio de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.