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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331040
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 234
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEDUCCIONES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 234
Si la resolución de una Sala del Tribunal Fiscal, en cuanto no admite deducción por créditos incobrables, correspondiente a unos periodos, se debe a simple error de la misma, en la fijación del tiempo, es violatoria de las garantías del causante.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1969/38. Sinclair Pierce Oil Company, S. A. 8 de julio de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.