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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331068
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 498
AYUNTAMIENTOS, DEPOSICION DE SUS MIEMBROS (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 498
La designación de una persona como agente municipal, crea una situación de derecho de la que no puede ser privado sino previa formación del proceso, de acuerdo con el artículo 68, fracción VII, de la Constitución del Estado de Veracruz, proceso en el que tiene forzosamente que oírse en defensa al agraviado; por lo que el desconocimiento del carácter de tal persona, por un acuerdo de la Comisión Permanente y no por el Congreso, que es a quien corresponde esa facultad, viola, en perjuicio del afectado, las garantías individuales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3551/38. Tenorio Miguel. 15 de julio de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.