Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/331089
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
331089
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 625

ALCOHOL, IMPUESTOS SOBRE (LEGISLACION DE SINALOA).

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 625

Precedentes

Tomo LVII, página 3396. Indice Alfabético. Amparo 1200/32. United Sugar Companies, S. A. 21 de julio de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Aguirre Garza. Tomo LVII, página 625. Amparo 127/32. United Sugar Companies, S. A. 21 de julio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Agustín Aguirre Garza. Tomo LIII, página 3274. Amparo administrativo directo 10596/32. United Sugar Companies, S. A. 29 de septiembre de 1937. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José María Truchuelo. Relator: Jesús Garza Cabello.
Registro digital (IUS): 331089