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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331092
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 661
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEDUCCIONES POR AMORTIZACION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 661
Admitido por el Juez de Distrito, que la sustitución de una maquinaria por otra, o la adquisición de nuevos útiles, no constituyen simples gastos de explotación, sino valores del activo de una compañía, amortizables, es indudable que cuando se trata de reponer maquinaria, y no de repararla, y de adquirir plataformas y tractores, aun sin el dictamen de un perito técnico, tendrá que llegarse a la conclusión de que la cantidad destinada para esos gastos, no es deducible.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3307/38. Solís Cámara Fernando. 22 de julio de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.