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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331093
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 662
PERITOS, JUICIOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 662
Los Jueces de Distrito, en los amparos, deben impugnar las razones en que se apoyan los peritos, al rendir su prueba, para demostrar su inaceptabilidad.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3307/38. Solís Cámara Fernando. 22 de julio de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.