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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331113
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 856
SOCIEDADES, PRUEBA DE LA EXISTENCIA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 856
La certificación notarial de haber tenido el notario, a la vista, el certificado de la constitución de una compañía, expedido por el secretario de Estado de una entidad extranjera, acerca de que fue organizada y autorizada de acuerdo con las leyes de ese Estado; los estatutos de la compañía que otorgan a los directores amplias facultades y el libro de actas en el que aparece la de la junta en que se nombró mesa directiva y se concedió la facultad expresa para que el presidente y el secretario otorguen un mandato, es suficiente para demostrar la existencia de la sociedad, la personalidad de sus directores y su facultad para extender poderes.
Precedentes
Tomo LVII, página 3807. Indice Alfabético. Amparo 1486/19. Continental Mexican Petroleum Co. 19 de agosto de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Ponente: José M. Truchuelo.
Tomo LVII, página 856. Amparo administrativo en revisión 1626/30. The American International Fuel and Petroleum Company. 27 de julio de 1938. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Jesús Garza Cabello.