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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331172
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1321
NACIONALIZACION DE EDIFICIOS EN QUE EXISTAN ESCUELAS DE PROPAGANDA RELIGIOSA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1321
La autorización concedida para que una escuela funcione dentro de las normas legales, no obsta para la nacionalización de la finca en que esté ubicada, si el destino que se dio a ésta, quedó al margen de la autorización, por impartirse enseñanza religiosa, para lo que no fue concedida aquélla.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4402/37. Estrada Otamendi José. 9 de agosto de 1938. Mayoría de tres votos. El Ministro Agustín Gómez Campos no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Jesús Garza Cabello. Relator: Agustín Gómez Campos.