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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331191
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1577
NACIONALIZACION, PROCEDENCIA INMEDIATA DEL AMPARO CONTRA LA, AUNQUE HAYA RECURSOS ORDINARIOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1577
Como ni el artículo 12 del reglamento del decreto de 18 de diciembre de 1909, ni el artículo 590, fracción IX, del Código Federal de Procedimientos Civiles, ordena que se suspendan los efectos de la resolución que declare nacionales unos bienes, en virtud de la promoción del juicio sumario, no hay necesidad de agotar los recursos en ellos establecidos, para recurrir al amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7957/37. "Santa Clara Plantation Company de Soconusco". 16 de agosto de 1938. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Agustín Gómez Campos no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Jesús Garza Cabello.