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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331227
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1848
TRIBUNAL FISCAL, OMISION DE DEFENSA ANTE EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1848
Si ante el Tribunal Fiscal de la Federación, no funda un causante su defensa en determinado decreto, es obvio que la sentencia de aquél no puede influir en la falta de aplicación de éste, y, por tanto, no es violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1459/38. Borbolla Manuel. 23 de agosto de 1938. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Agustín Gómez Campos no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.