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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331230
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1858
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEDUCCIONES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1858
La cantidad empleada en la traslación de inspectores del trabajo, al sitio de los negocios del causante, no queda comprendida en la fracción V del artículo 38 reglamentario, que declara deducibles los gastos erogados por los empleados del causante, ya que los inspectores citados no tienen el citado carácter.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 580/38. Braun Enrique. 23 de agosto de 1938. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Agustín Gómez Campos no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Jesús Garza Cabello.