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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331247
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2005
LEYES, INTERPRETACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2005
Tratándose de oportunidades y medios de defensa, las disposiciones legales que se prestan a confusión deben interpretarse con amplitud favorable a los inculpados y no pretendiendo arrebatarles, mediante una estricta interpretación gramatical, los medios de defensa que tengan a su alcance.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4396/38. Padrón Molina Matías y coag. 25 de agosto de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Agustín Aguirre Garza.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Tercera Parte, Volumen IV, página 260, tesis de rubro "TRIBUNAL FISCAL.".