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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331248
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2004
TRIBUNAL FISCAL, COMPETENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2004
Las resoluciones a que se refiere la fracción IV del artículo 14 de la Ley de Justicia Fiscal, son precisamente aquellas que por su naturaleza y efectos, son similares a las catalogadas en las tres primeras fracciones del mismo artículo, y pretender ampliar el alcance de dicha disposición, a un proveído o acuerdo dictado por autoridades administrativas, así sea que tenga una relación más o menos próxima a la materia fiscal, aun cuando no conviertan a los particulares en sujetos pasivos respecto al fisco, está fuera de la órbita de una interpretación rigurosamente lógica.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4396/38. Padrón Molina Matías y coag. 25 de agosto de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Agustín Aguirre Garza.