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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331272
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2149
CONTRATO CONCESION, SUSPENSION TRATANDOSE DEL COBRO DE LA FIANZA PARA GARANTIZAR SU CUMPLIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2149
Si se reclama en amparo la resolución del C. Presidente de la República en el sentido de haber declarado la caducidad de un contrato concesión, el efecto del acto reclamado, o sea, el que se haga efectiva la fianza que se otorgó para garantizar el cumplimiento de dicho contrato, es susceptible de suspenderse, sin requisito de naturaleza alguna, por encontrarse garantizado el interés de la Federación, precisamente con la fianza otorgada.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3373/38. Mancilla Francisco T. 27 de agosto de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.