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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331285
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2349
PETICION, DERECHO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2349
El acto por el que no se admite una solicitud, para darle el curso correspondiente y que pueda ser resuelto por la oficina respectiva, es violatoria del artículo 8o. constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 602/38. Ortiz José. 3 de septiembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.