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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331286
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2350
DEPENDENCIAS, FACULTADES DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2350
Las dependencias de mero trámite, no pueden repeler la admisión de las peticiones escritas dirigidas a los titulares de los departamentos que correspondan, ya que esto implicaría una usurpación de funciones; razón por la que tal acto es violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 602/38. Ortiz José. 3 de septiembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.