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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331305
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2517
EXPROPIACION (LEY DE PLANIFICACION EN EL DISTRITO FEDERAL).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2517
No es exacto que la ley de planificación prohiba la toma de posesión de lo expropiado, sin que previamente se haya hecho el pago de la indemnización o se haya consignado ésta, y como según la misma ley de planificación, si no se llega a un arreglo con los propietarios afectados, el secretario de la comisión de planificación iniciará procedimiento judicial, es indudable que si el afectado estuvo conforme expresamente con la expropiación y no ha llegado a convenirse en cuanto a la indemnización, ésta deberá ser fijada en el procedimiento judicial; por lo que la toma de posesión de lo expropiado, sin previa indemnización, no es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3717/38. Villegas Manuel. 7 de septiembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.