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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331322
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2585
SUCESIONES, ACCIONES CONTRA LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2585
Todo procedimiento que tenga que enderezarse contra una sucesión, debe entenderse necesariamente con el albacea de la misma, y en caso de pago de contribuciones, cuando el deudor sea una sucesión, el requerimiento debe entenderse con dicho albacea y no con otra persona, ya que de no hacerse así, los procedimientos fiscales quedan viciados de nulidad.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4020/38. Arizmendi viuda de Chico Soledad, sucesión de. 8 de septiembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Agustín Aguirre Garza.