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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331349
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2930
EXTRANJEROS, EXPULSION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2930
Comprobado que un extranjero se estaba dedicando actividades de distinta naturaleza de aquellas para las cuales se les permitió la entrada temporal al país, la multa y la orden de expulsión dictadas en contra de aquél, por la Secretaría de Gobernación, no son violatorias de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3957/38. Lemberguer Abraham. 21 de septiembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Jesús Garza Cabello.