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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
331370
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 3115

MOLINOS DE NIXTAMAL, LICENCIAS PARA LOS.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 3115

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 4995/38. Borbolla manuel. 27 de septiembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Agustín Aguirre Garza no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Agustín Gómez Campos.
Registro digital (IUS): 331370