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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331378
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 3246
IMPUESTO, REDUCCIONES AL, POR FLETES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 3246
Si una cantidad destinada a compensar los errores que en la apreciación original de fletes hacen los ferrocarriles, no es lógico suponer que teniendo la empresa que destine esa cantidad, a toda la República, por jurisdicción, sea en la capital de aquélla o dentro de los límites del Distrito Federal, donde haya de cubrirse las diferencias por fletes.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 835/38. California Standard Oil Company de México. 29 de septiembre de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Aguirre Garza.