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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331404
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 13
LEYES, AMPARO CONTRA LA PROMULGACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 13
Debe sobreseerse en el amparo pedido contra la promulgación de una ley, por ser un acto irreparablemente consumado, pues no es posible volver las cosas al estado de que no se hubiera promulgado dicha ley.
Precedentes
Amparo administrativo directo 3040/34. Romero Octavio. 1o. de abril de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.