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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331467
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 542
CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 542
A falta de disposiciones acordadas en las leyes, es preciso recurrir a los principios jurídicos y a los autores de derecho; y de acuerdo con ello, debe llegarse a la conclusión, tratándose de establecer el caso fortuito o la fuerza mayor, que las órdenes de la Secretaría de Hacienda que impidan a un ferrocarril prestar sus servicios con la debida regularidad, constituyen un caso fortuito o de fuerza mayor, excluyente de responsabilidad, por la irregularidad cometida.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 195/38. Compañía del Ferrocarril Sud Pacífico de México, S. A. 19 de abril de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.