Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/331476
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331476
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 553
DECRETOS, CONSENTIMIENTO DE LOS, PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 553
Cuando no se trate de una ley de observancia general, cuya aplicación sea obligatoria desde que aquélla es publicada en el Diario Oficial, sino de un acuerdo administrativo que sólo afecta intereses particulares, el término para pedir amparo contra él, no se cuenta desde su publicación, sino desde que es dado a conocer el afectado, de una manera directa.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1034/23. Montesinos de González Dolores. 19 de abril de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.