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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331498
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 757
CAMARAS DE COMERCIO, REQUISITOS PARA SU FUNCIONAMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 757
Si el único fundamento que tiene la Secretaría de la Economía Nacional, para negar la autorización del funcionamiento de una cámara de comercio e industria, consiste en el dicho de ésta, de que sus recursos no son suficientes para pagar al representante de dicha secretaría, condición puesta por ésta, para dar la autorización, es indudable que de esto no puede inferirse que tales recursos sean insuficientes para cumplir con las exigencias que legalmente incumben a los mencionada cámara de comercio, máxime, si se tiene en cuenta que la misma estima que no está legalmente obligada a sostener al representante de la secretaría, independientemente de que sus recursos se lo permitieran.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6796/37. Cámara de Comercio e Industria de Guamúchil, Sinaloa. 26 de abril de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.