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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331544
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1181
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1181
Al resolver el incidente de suspensión, no debe tomarse en cuenta el agravio que alegue la autoridad responsable, en el sentido de que el quejoso no agotó todos los recursos en la vía administrativa, puesto que dicha alegación daría margen, en todo caso, al recurso de queja.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 7451/37. González Fructuoso G. y coagraviado. 6 de mayo de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.