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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331548
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1213
TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, SUSPENSION TRATANDOSE DE RESOLUCIONES DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1213
Si se reclama en amparo la sentencia que pronunció una Sala del Tribunal Fiscal de la Federación, que declara la legitimidad de la resolución de la Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta, resolución que trata de hacer efectiva una Oficina Federal de Hacienda, cobrando a la parte quejosa, cantidades correspondientes a dicho impuesto, y se comprueba que se ha otorgado fianza ante la Oficina Federal de Hacienda para garantizar lo que se cobra, la suspensión debe concederse sin requisito alguno.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 8603/37. "The Mexican Corporation", S. A. 7 de mayo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.