Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/331565
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331565
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1317
BONIFICACIONES EN VENTAS, CUANDO SON ANTICONSTITUCIONALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1317
Si el sistema de ventas empleado por una persona, constituye una bonificación al consumidor, mediante la entrega de cupones que dan derechos, una vez colocados, a determinada cantidad de mercancías, tal caso está comprendido en la prevención que consigna el artículo 28 constitucional; razón por la que, la cancelación del permiso para efectuar esas ventas, no es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 567/38. Gómez Tomás. 10 de mayo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. Relator: Agustín Gómez Campos.