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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 331587
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1477
FUNCIONARIOS, SEPARACION DE (LEGISLACION DE SINALOA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1477
El artículo 118 del Reglamento del Congreso de Sinaloa, no hace referencia alguna a los trámites que rigen el conocimiento del jurado de acusación, y por tanto, no puede fundar la dispensa de trámite en el procedimiento seguido, para separar de sus funciones a un diputado, al no observarse los procedimientos esenciales de que habla el artículo 14 constitucional, se violan las garantías del afectado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 381/38. Ríos Martínez Cuauhtémoc. 1o. de junio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.